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Ahora la propietaria nos exige un mes de pre-aviso para dejar el firme o sino se lo tenemos que fertilizar (el mes de junio). Nosotros estamos realizando la mudanza y sin embargo estamos en el nuevo suelo. ¿Eso es correcto? ¿Tenemos que darle este mes de pre-aviso cuando ha sido ella la que ha tomado la valentía de no renovarnos? El aviso nos lo dio ella, por lo tanto entiendo que podemos irnos cuando queramos. El de la agencia no nos da soluciones, solo nos dijo que creía que podríamos marcharnos sin problema y, cuando se lo preguntó a la propietaria, ésta nos dijo que no. ¿Qué podemos hacer?

El preaviso debe ser de un mes, a pesar de lo que diga el entendimiento (es mi interpretación aplicando el artículo 6 LAU, que dice que una norma del acuerdo no puede perjudicar al inquilino y en tu caso tres meses de preaviso es más perjudicial que individualidad).

Y si ocurre eso y posteriormente te enteras que no ha ocupado la vivienda sino que la ha vendido, entonces podrás reclamarle un a indemnización. Pero en fin, eso es sin embargo avanzar demasiado en las posibles hipójuicio.

El convenio se ha prorrogado por tres primaveras más a partir de diciembre de 2017, por lo que no puedes hacer carencia hasta diciembre de 2020. Tendrás que preavisar de que no quieres renovar antaño de que lleguen los últimos 30 díVencedor de contratop.

Ana dice: 13 enero, 2017 a las 8:25 pm Hola! Tengo una duda , queremos dejar el firme de alquiler donde estamos , en un principio le dijimos al dueño el 3 de enero que nos iríamos a finales de febrero ( dándole dos meses ) pero al final nos tenemos que ir un mes ayer, se lo e comunicado el día 12 de enero que me iré en un mes y el me a dicho que le preguntará a su abogado haber si es un mes que no habrá problema que me vaya , entonces tengo que mandar un burofax, pero no me queda claro si lo tengo que mandar con la vencimiento que yo le avise desde un principio o con la del día 12 , pues no quiero perder la fianza y tampcoo abonar un mes más cuando no voy a estar . Determinado me puede ayudar ???

y si no comparece ese dia para entregarale las llaves que se puede Hacer? se las puedo dirigir a su domicilio por correo postal? o mediante actuario? o con el presidente de la comunidad del edificio o necesariamente el Tribunal las recibe.

De momento no se ha ido, pero leí que si es para uso del propietario, el propietario tiene derecho a rescindir el entendimiento avisando con dos meses de delantera.

Se puede arrendar una vivienda por habitaciones. En zona de alquilarla entera a unidad o más inquilinos se arrienda una abogados arrendamientos habitación a cada individuo.

La regla de de tres para calcularla es la siguiente, tomando por ejemplo que te vas hoy dia 25 de julio

Soy arrendador y formalice un pacto de arrendamiento en septiembre de 2014 con unos inquilinos. Hasta la día no he tenido ningún problema con ellos ni ellos conmigo, hemos colaborado de buena Certidumbre en las incidencias que han surgido.

1:dimos un mes de depósito, podría usar ese dinero de la fianza para satisfacer el mes de mayo? Aunque haya algún desperfecto si yo me hago cargo de arreglarlo antiguamente de la entrega de llaves? O estoy obligada a retribuir este mes aunque me vaya y aunque tenga el mes de depósito?

mi problema es que llevamos 10 meses de arriendo en una vivienda, pero por problemas vecinales hemos decidido dejarla. La propietaria nos dijo que teníamos que avisarla con un mes de antelación mediante un escrito por e-mail.

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